Con carácter general se establecen:
- Laborales: frecuencias de 15 minutos
- Sábados: frecuencias de 20 minutos. Frecuencia de 30 minutos para línea 3.
- Domingos: frecuencias de 30 minutos para líneas 1,3,9 y 10. Frecuencias de 60 minutos para líneas 2,4 y 5.
Las líneas 6,7,11 y las 3 líneas Búho no se modifican.